La Red Nacional de Defensa de los Consumidores (RNDC), rechazó la sentencia emitida por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que declara válidos los recursos de amparo interpuestos por los banqueros y expresa que el Instituto Pro-competencia invadió la jurisdicción de la Superintendencia de bancos y otras instituciones financieras, en el tema de las Tarjetas de Crédito.
En un comunicado, la RNDC, expresa que la sentencia es vejamen jurídico, que resta exponer, no sólo indignación en nombre de los miles de tarjetahabientes que pierden derechos frente a la maquinaria burocrática del sistema, sino también, exponer que dicha resolución deja en abandono los derechos de los consumidores, la libre competencia y la estabilidad del mercado.
A la vez, expresa el comunicado, se resta facultades a Procompetencia, pues desconocer la jurisdicción del instituto sobre prácticas anticompetitivas, sienta precedentes negativos para otros rubros del mercado, como la telefonía y cualquier otro rubro económico, que aun teniendo instituto que regule sus funciones y faltas, toda acción que atente contra los consumidores, debe estar sujeto a la observación y sanción del Instituto de Procompetencia, en lo que a esta materia respecta, lo cual además se ratifica con la Ley 601.
“Procompetencia ha realizado un excelente trabajo al sancionar al Banco De Finanzas (BDF) y a ASOBANP tras la denuncia de la RNDC, quien en conjunto con intelectuales de la economía y del derecho del país, expusieron pruebas contundentes respecto al Cartel de Banqueros y su modo de colusorio operación”, agrega el comunicado.
El Estado de Derecho, cuyo propósito es buscar el equilibrio de la sociedad a través de relaciones justas entre sus miembros, se ha vulnerado, pues la sentencia que emana de la Sala Constitucional, utiliza entre sus considerandos una Ley derogada (Ley 314 de 1999). Además, la dinámica que caracteriza al Poder Judicial, cuyas sentencias son fuente de jurisprudencia, debe aplicar el derecho vigente y plasmar una visión a favor de los administrados siempre que se demuestre una desigualdad entre las partes en conflicto.
No es sostenible para los consumidores, para la economía familiar, para el sector comercial, que el Poder Judicial permita la impunidad del sistema financiero amparando prácticas anticompetitivas que aniquilan cualquier indicio de verdadero libre mercado en nuestro país. No es cierto que los intereses sean materia de regulación de la SIBOIF, así lo ha afirmado el Superintendente de bancos y la desregulación es expresa en el artículo 50 de la Ley General de Bancos, por lo tanto un amparo en favor de los bancos no tiene sentido alguno, afirma la organización de defensa de los consumidores.
