La Asamblea Nacional aprobó en lo general por unanimidad el Código de la Familia, que define los montos específicos de pensión de acuerdo al número de hijos y establece el deber de los hijos de dar pensión a sus padres mayores de 60 años, cuando sean de escasos recursos.
El artículo 322 define los porcentajes de acuerdo a la cantidad de hijos del demandado por pensión de alimentos. El monto mínimo para un mismo beneficiario no podrá ser inferior al salario mínimo de la profesión u oficio.
En caso de que el demandante tenga un trabajo fijo deberá tasarse de la siguiente manera: 25 % de los ingresos netos si hay un solo hijo; 35% de los ingresos netos si hay dos hijos y 50% si hay tres o más hijos, lo cual se distribuirá de forma equitativa.
De esta forma se pone fin a la discrecionalidad con que algunos jueces civiles establecían la pensión de alimentos, llegando por ejemplo, a establecer 50 % para casos donde existía un solo hijo.
El Código de la Familia establece que cuando reclamen alimentos personas diferentes a los hijos se establecerá un diez por ciento. Lo máximo de afectación para un demandante será de 60% de los ingresos netos, en casos de hijos y otros.
También ordena a los padres asegurar la manutención alimenticia de sus hijos hasta los 24 años. Actualmente es hasta los 18 años.
Se establece la mayoría de edad para ambos sexos a los 18 años, y se prohíbe el matrimonio a los menores de 16, aunque tengan el consentimiento de los padres.
El Código crea los juzgados de familia para tramitar todo lo referido a la nueva legislación familiar, será sometido a su aprobación en lo particular en las próximas semanas, informó el Presidente de la Asamblea Nacional, René Núñez.

que pasa cuando un padre esta fuera del pais gana 600 dolares de ahi paga casa luz todo lo basico y comida, ayuda a sus padres y de ese salario manda 90 u 80 dolares quincenal dependiendo de lo que gane a 2 hijos menores de edad, y se le ocurre a la madre de los niños pedirle el 50% de lo que gana sin saber sus necesidades que tiene y ademas con otra familia que ya tiene formada? y es un padre obligado, como quedaria en ese caso